CONTABILIDAD BÁSICA
LIBROS LEGALES QUE DEBE LLEVAR UNA EMPRESA
INTRODUCCIÓN
Toda entidad jurídica debe llevar contabilidad formal para lo cual se requiere llevar sus anotaciones actualizadas en libros debidamente autorizados por un Contador Publico Certificado, de acuerdo a las regulaciones del Código de Comercio del Art. 435 al 455.
DESARROLLO DEL TEMA
De acuerdo a lo establecido en el Art. 435 del código de comercio, nos dice que el comerciante obligado a llevar contabilidad debidamente organizada (formal) esta debe ser por medio de sistemas contables debidamente autorizados por quienes ejercen la función pública de auditoría.
Los libros que deben llevar son:
Libro de Estados Financieros que deben asentarse:
§ Los balances generales ordinarios.
§ Los balances generales extraordinarios, ya sea que se practiquen por liquidación anticipada del negocio, suspensión de pagos o quiebra, por disposición de la ley o por voluntad del comerciante.
§ Resumen de los inventarios relativos a cada balance.
§ Resumen de las cuentas que se agrupen para formar los renglones del propio balance.
§ El estado de pérdidas y ganancias relativo a cada balance.
§ El estado de la composición del patrimonio.
§ Cualquier otro estado que sea necesario para mostrar la situación económica y financiera del comerciante.
§ La forma en que se haya verificado la distribución de las ganancias o la aplicación de las pérdidas netas.
Libro Diario y Mayor podrán estar constituidos por varios registros que deberán ser asentados cronológicamente:
- En el Libro Diario: se asentara como primera partida el balance con que se inicia y sucesivamente en orden cronológico los movimientos del ejercicio correspondiente.
- En el Libro Mayor: se anotaran las sumas de las cuentas de mayor determinando saldos de acuerdo a los movimientos realizados.
- También establece que se puede llevar un solo libro Diario y Mayor
Como podemos ver hay más libros a los que están obligados a llevar como son los que especifica el código tributario:
- Libro de Ventas al Consumidor: en el que se anotan las ventas al consumidor
- Libro de Ventas al Contribuyente: en el que se registran las ventas con Crédito Fiscal
- Libro de Compras: se registran todas las compras que se hacen a nuestros proveedores.
Y existen otros libros que de acuerdo a la clasificación o naturaleza de la entidad se deben llevar.
Por lo que se les recomienda orientarse al Código de Comercio y al Código Tributario.
Gracias
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